3 de agosto de 2010

Traballar pola tarde

Feijóo, o presidente dda Xunta, ven de dicir que algúns funcionarios teñen que irse afacendo á idea de traballar polas tardes, en referencia ás libres designacións. Non está de máis recordarlle a don Alberto que a libre designación non está vencellada legalmente ao horario e que, polo tanto, as retribucións que perciben os funcionarios afectados non teñen nada que ver cunha maior dispoñibilidade horaria.
Por outra banda, somos conscentes que moitos dos que están nomeados de libre designación traballarán pola tarde en canto o xefe toque a corneta. O problema é que de aí a que intenten xeralizar a xornada vespertina hai un paso. E se non, ao tempo.
O lamentable é que a CCOO, UGT e CIG lles parece ben. Todo é cuestión de cartos, din. Cartos que sairán de quitarllelos aos demáis, dicimos nós.

3 comentarios:

  1. Si el puesto es de libre designación cada uno es libre de solicitarlo o no. Una vez adjudicado tambien es libre de solicitar el cese. No se cual es el problema si no se supera la jornada máxima semanal establecida y el trabajador acepta las condiciones

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  2. Pues sí que hay varios problemas: la libre designación no tiene nada que ver con el horario; de hecho, el horario debe figurar (si no es elnormal) en la RPT. Si no es así, no se puede poner horario de tarde por muy de libre designación que sea. Además, los puestos son de libre designación porque la Xunta quiere, aunque la Ley de la Función Pública ya prevé que sean puestos de designación normal; por lo tanto, no hay ningún motivo para que tengan un horario distinto a los de los demás.

    Por otro lado, las condiciones de trabajo deben ser objeto de acuerdo o negociación colectiva, no individual. El horario y los sueldos son condiciones de trabajo elementales y, por lo tanto, no debería caber el acuerdo individual en el asunto, ya que nos perjudica a todos.

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  3. Modificar el horario en la RPT a la Admón. no le supone un gran problema, de hecho si miras varias verás que en algunos puestos consta "horario especial" (eso si, nadie sabe muy bien que significa). Esas modificaciones son objeto de negociación, ya que se tratan en las mesas correspondientes. Lo dicho, una vez negociado y aprobada la modificación el funcionario es libre de aceptar un puesto en libre designación.

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Confederación Xeral do Traballo

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