Estos principios son los que rigen la Ley General de la Seguridad Social para
dar cumplimiento al mandato constitucional del artículo 41… “Los poderes
públicos mantendrán un régimen público de Seguridad Social para todos los
ciudadanos, que garantice la asistencia y prestaciones sociales suficientes ante
situaciones de necesidad, especialmente en caso de desempleo. La asistencia y
prestaciones complementarias serán libres.”
Los poderes públicos tienen que crear y generar las condiciones políticas
para la defensa del interés general y, de esta manera, dar cumplimiento a la
obligación política y normativa de la defensa de lo común, de lo de todos y
todas y, especialmente en situaciones de necesidad.
La situación del actual mercado de trabajo en lo referente a activos
ocupados/desocupados y cotizantes, se sitúa en 16.300.000 personas ocupadas y
cotizando, a la vez existen casi 3,2 millones de personas paradas con
prestaciones bien contributivas, bien asistenciales, que sus cotizaciones son
cubiertas por el INSS. Las personas pensionistas actuales suponen 8,2 millones.
Nos encontramos en consecuencia que por cada pensionista, se encuentran
cotizando y ocupados casi 2 personas, en concreto 1,98 y si sumamos los
cotizantes desocupados, el ratio sube al 2,3.
Esta situación, aún más difícil, es decir, menos ocupados y menos cotizantes,
la encontramos en el año 1997 (la relación cotizantes/pensionistas, bajo hasta
1,5), y dio lugar a que los poderes públicos (gobierno PSOE) conjuntamente con
los Sindicatos CC.OO y UGT y la patronal CEOE y CEPYME, pactarán y aplicarán la
Ley 27/97 de Racionalidad por la sostenibilidad del Sistema Público de Pensiones
con dos importantes modificaciones en nuestro sistema público de pensiones: el
período de cálculo pasa (progresivamente) de los anteriores 8 años a los 15 años
y los años cotizados necesarios para el 100% de la Base Reguladora, también
progresivamente pasan de los 15 años a los 35 años.
En el año 2008 los cotizantes eran 19.500.000 personas y en el 2012 se han
perdido 3,2 millones de cotizantes, lo que ha conllevado un decrecimiento de
ingresos ingentes que ha hecho “necesario” tirar de las distintas cajas de
reserva (excedentes de las Mutuas y Fondo de Reserva) con que cuenta nuestro
sistema público de pensiones, por la friolera de 11.000 millones de euros para
pagar a pensionistas.
El PP ha congelado la aplicación de la ley 27/2011 pactada por el PSOE y
Sindicatos CC.OO, UGT y patronales CEOE y CEPYME, en lo referente a las
jubilaciones anticipadas y “prejubilaciones” y ha dado un plazo de tres meses a
la comisión del Pacto de Toledo, para revisar el factor de sostenibilidad, que
no es sino la trampa política para “volver a racionalizar el sistema público de
pensiones” en sus dos aspectos más sensibles: aumentar el período de cálculo de
los 25 años que comienzan a contar a 1 de enero 2013 de manera progresiva hasta
el 2027, hasta posiblemente toda la vida laboral y aumentar la edad de
jubilación real, en base a penalizar o directamente impedir las jubilaciones
anticipadas (endureciendo los requisitos) hasta acercar la fecha real a la fecha
teórica, 67 años.
El Sistema Público de Pensiones, de manera metódica y calculada, ha sido
“racionalizado” en términos de economía política desde el año 1985, en base a la
mismísima argumentación que ahora se “berrea” por los mercados financieros y sus
representantes en Bruselas y así se han articulado las siguientes leyes:
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